ACCESO


Pruebas de acceso

Hasta el término del año académico 2007-2008, el Real Decreto 135/2002 regula las condiciones por las que se regirán las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria por las personas mayores de dieciocho años (artículo 28 del Real Decreto 806/2006).

Las pruebas tendrán por objeto valorar las capacidades correspondientes a los objetivos generales propios de la Educación Secundaria Obligatoria y, con el fin de adaptarlas a las características de las personas a que van destinadas, se adecuarán en su estructura y sistema de calificación a lo establecido en los siguientes puntos:

1. Estructura
Las pruebas versarán sobre las áreas y materias incluidas en los siguientes grupos:

Grupo Lingüístico
Comprenderá los ejercicios de cada una de las áreas o materias de:
Lengua Castellana y literatura
Lengua cooficial de las respectivas Comunidades Autónomas, en su caso
Lengua extranjera

Grupo Científico-Tecnológico
Comprenderá los ejercicios de cada una de las áreas o materias de:
Matemáticas
Ciencias de la Naturaleza
Tecnología

Grupo de Ciencias Sociales
Comprenderá los ejercicios de cada una de las áreas o materias de:
Ciencias Sociales, Geografía e Historia.
Dos áreas que determinen las Administraciones educativas de las respectivas Comunidades Autónomas.

2. Calificación
La calificación será global para cada uno de los grupos establecidos en el apartado anterior y se realizará en los términos de Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable y Sobresaliente.

Los alumnos que aprueben los tres grupos habrán superado la prueba, por lo que cumplirán los requisitos para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria, y serán propuestos por el Tribunal ante la Autoridad administrativa correspondiente para la expedición del Título.

En el caso de no haber superado los tres grupos, los candidatos mantendrán para sucesivas convocatorias las calificaciones de los grupos aprobados, que tendrán validez en todo el territorio nacional.

A los aspirantes que hayan aprobado alguno de los grupos establecidos se les expedirá una certificación que acredite el grupo o grupos aprobados, con indicación de la calificación obtenida.

NOTA IMPORTANTE:
El establecimiento de las líneas generales de la metodología, desarrollo y contenidos de los ejercicios que integran las pruebas, así como el establecimiento de los criterios y fórmulas de valoración de éstas, se realizará por cada Comunidad Autónoma.

Por ello, le recomendamos que consulte en la Consejería de Educación de su Comunidad Autónoma

Estas pruebas tienen DOS convocatorias anuales
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